Y salió en libertad.
Después de 2 años y medio de pena privativa, condenado en un juicio simplificado a 5 años, luego de habersele atribuído el cometimiento de 4 casos de abusos sexuales contra menores de edad, se le otorgó el beneficio de libertad condicional, al confirmar, nuestra Corte Suprema, la sentencia de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, quién estuvo por acoger el Recurso de Protección interpuesto por Lavanderos Ibañez en contra del Seremi de Justicia, al habérsele negado el beneficio, al estimar éste que no reunía los requisitos establecidos por la Ley para otrogarla.
¿Y qué se resolvió?, que a pesar de ser una atribución exclusiva de la administración, (la decisión del Seremi), ésta debió ser "debidamente fundada". ¿Es que el Seremi dijo en relación al beneficio dijo "se lo niego porque quiero"?
Los actos administrativos deben ser motivados, es decir, señalar los hechos y fundamentos en que se sustentan. Es decir, entonces que se examinó por parte de la Suprema que sí se reunían los requisitos, ¿? ¿hubo conducta intachable dentro del penal?
El Ex- Senador Jorge Lavandero, que aún alega inocencia, lo vi salir en libertad. Luego de dos años y medio. ¿Poco?
¿Igualdad ante la ley?
Muchas preguntas surgen.











Es lo que hay no mas puh....
El conformarse, la tipica de nosotros los Chileno....podria estar pero, quizas mañana sea mejor, no se, tal vez, quizas, etc...
atte,
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Ricardo